Las escrituras góticas cursivas en Castilla entre los siglo XV y XVII
Poco más cabe añadir sobre la escritura gótica. Básicamente cabe decir que la cursividad de la escritura fue en aumento como consecuencia, entre otras cosas, de la democratización de la cultura en la sociedad. A esto se le añade que se difunde el papel como soporte sobre el que se escribían los documentos. Todo ello condujo a una progresiva cursividad, donde muchos paleógrafos han visto una degeneración y crisis de la escritura. Muchos de los primeros paleógrafos del siglo XVIII echaban peste en sus escritos de este tipo de escritura, y no les falta razón: llegado un punto la escritura es ilegible, ininteligible y áspera de leer. Y no sólo ellos, ya en la época en que se desarrollan estas escrituras, existen escritos en los que se critica esta letra, por difícil de entender. Aunque no fue sólo un fenómeno exclusivo de la península ibérica (Francia e Italia también sufrieron esta decadencia escritural), nosotros nos centraremos en los documentos de las Coronas de Castilla y Aragón. Los dos tipos de escrituras que vamos a ver en esta época son dos: la cortesana y la procesal. Ambos tipos son variantes de una misma escritura: la cursiva gótica.
La escritura cortesana
Se forma entre 1400 y 1425 y va a tener una vida muy corta, apenas de un siglo. A partir de ese primer cuarto del siglo XV, se puede decir que fue la única escritura que se usó en Castilla para los documentos particulares y para códices no elegantes que contenían obras literarias. Acabará desapareciendo en favor de la escritura humanística.
La escritura procesal
Tendrá una vida muy larga, al contrario que la cortesana. Nace en el siglo XV y para 1450 ya estaba formada. Se mantuvo libre de toda influencia humanística y se sigue utilizando por los notarios hasta mediados del siglo XVII, evolucionando hacia formas mucho más cursivas e ininteligibles. Las formas cursivas más extremas de la procesal son la procesal encadenada o de cadenilla, con la cual se trazaban de un tirón y sin levantar la pluma líneas enteras. El propio Cervantes pone en boca de Don Quijote estas palabras en referencia al grado de ininteligibilidad de la escritura procesal:
"Tú tendrás cuidado de hacerla trasladar en papel de buena letra en el primer lugar que hallares donde haya maestro de escuela de muchachos, o si no, cualquier sacristán te la trasladará; y no se la des a ningún escribano que hacen la letra procesada que no la entenderá Satanás."
Morfología: cuando hablamos de morfología nos estamos refiriendo al conjunto de símbolos que definen ya no sólo las letras propias de la escritura, sino sus nexos y sus abreviaturas. Como en el fondo este trabajo consiste en reconocer los trazos propios de cada letra, nexo y abreviatura, iremos describiendo cada letra del alfabeto una por una y acompañaremos las descripciones con un cuadro donde se muestren cada una de las particularidades de cada letra, nexo o abreviatura.
1. Letras. Lo primero que hay que distinguir son las mayúsculas de las minúsculas. Las mayúsculas pueden tomar formas capitales romanas y unciales o limitarse a agrandar las formas minúsculas. Estos son algunos ejemplos de mayúsculas:
Para la minúscula, describiremos cada una de las letras una por una. Los números entre paréntesis se refieren a los correspondientes dibujos del cuadro I, que pondré más adelante.
a. La forma más antigua se presenta trazada en dos golpes de pluma, quedando a veces sin capelo (1-3); más moderno es trazar de un solo golpe de pluma (4), que a veces no cierra por abajo (5-6); ya en el siglo XV existe una a constituida por la unión en su parte superior de dos curvas cóncavas (7-10), tipo este que se empleará frecuentemente como mayúscula. Hay que señalar que la a (9), muy usada en la cortesana, puede confundirse con la e (5).
b. Por lo general, incurva su astil hacia la derecha (1-2); en la procesal es baja y muy ancha (3-6)
c. Se puede trazar con un solo golpe de pluma (1,3,4,7) o con dos (2). Sobre la c con cedilla: por efecto de la cursividad, la cedilla no cuelga de la c, sino de la letra siguiente (5 y 6).
d. La de los siglos XV y XVII es casi siempre de tipo uncial (1); la parte superior forma ojo hacia el interior de la letra y hacia la derecha (2 y 3); en la procesal, la parte inferior no suele cerrar (4 y 5); en la Edad Moderna también se utiliza una d minúscula con forma muy semejante a la mayúscula de hoy (6)
e. Puede trazarse con un solo golpe de pluma (1) o con dos (2); a veces se confunde con c (3 y 4); en el XV y XVI es muy frecuente una e con idéntica forma que a (10), con la diferencia de que la e tiene un pequeño trazo horizontal con el que se une a la siguiente letra (5 y 6); en la procesal predominan los tipos de lazo confundibles con otras letras como la b y la l (7 y 8); un tipo que se utiliza como conjunción copulativa y como letra inicial de palabras es el formado por una espiral que gira a la izquierda (9), su origen puede estar en la conjunción et y un semicírculo de adorno (10); a veces, pueden trazarse en un sólo golpe de pluma (11).
f. Es muy semejante a la actual manuscrita (1); durante el XV tiene tendencia a formar un ojo en la parte superior, adoptando una forma parecida a la p (2 y 3).
g. Adopta distintas formas. La más sencilla consiste en trazar primero el caído y luego el ojo (1), o bien en trazar una u con un caído prolongado e incurvado hacia la izquierda y cerrarla por arriba mediante una recta (2 y 3). En la cortesana se traza también la g con un solo golpe de pluma (4) derivando de esta las formas más cursivas (5, 6 y 8). También se emplea la g procesal de doble ojo (7), que puede confundirse con la f.
h. Su astil suele cerrarse en forma de ojo, mientras el caído se prolonga (1 y 2); en la procesal la curva inferior llega a desaparecer (3-5); con frecuencia presenta dos ojos (6) de forma parecida a g y f.
i. No lleva punto hasta el siglo XVI. La forma normal no difiere de nuestra i (1) y la larga, que cae por debajo del renglón, es el origen de nuestra jota (2-4). En la procesal adopta forma de un 3 cerrándose a modo de ojo en la parte inferior (5)
l. Puede ser sencilla (1) o de ojo (2 y 3). En la procesal es ancha y baja, confundiéndose con b, c y e (4-5)
m y n. Su trazado puede ser agudo (1) o redondo (2).
o. Puede presentar dos formas singulares: la semejante a una v (1) y la de forma de e espiral (2); esta segunda es derivación muy cursiva de la o precedida por un semicírculo (3) que también se escribe de un solo trazo (4).
p. Junto a las formas más sencillas con caído vertical (1) o arqueado (2), en la cortesana se desarrolla la tendencia a dejar abierta la p por la parte superior (3 y 4), apertura que es a veces desmesurada en la procesal (5 y 6); en la cual se desarrolla también una p parecida a una x cerrada por su derecha (7-8)
q. Junto a las formas cuyo caído es vertical (1-2) aparecen las que lo incurvan hacia la izquierda (3-4).
r. La r minúscula con forma de martillo fue la predominante en los siglo XVI-XVII, en cuyo transcurso fue prolongado su caído (1 y 2); con frecuencia adopta forma de cruz (3); la r redonda, que en el siglo XIII se escribía como un 2, evoluciona y se traza como una z (4 y 5). Mención especial merece el uso de la r mayúscula (6-11) que se usó al inicio y en medio de palabras para representar el sonido rr.
s. Son variadas las formas que adopta, derivando todas ellas de la s de doble curva (1) o de la s alta (2).
t. En su forma aislada difiere poco de la actual (1-4); unida a la letra siguiente modifica su forma.
u. Ya sea en forma redonda (1) o angulosa (2) no difiere de la u actual.
v. Está formada por dos líneas curvas que se unen mediante ángulo más o menos pronunciado, en su parte inferior. La línea curva primera suele ser más alta (1, 2, 3, 4)
x. Semejante en todo a la actual; es frecuente que prolongue su extremo inferior izquierdo (1-5)
y. Sin dificultades de lectura, las escasas variantes se originan sólo por la diversa posición del caído (1-4)
z. Al lado de la forma minúscula (1-2) se desarrolla la que prolonga su caído (3-6) adoptando el aspecto de un 3.
2. Nexos. La dificultad de lectura de las letras procesal y cortesana no radica tanto en sus letras aisladas, sino en el momento en que estás letras se unen unas con las otras. No es posible enumerar la inmensa cantidad de nexos distintos, así que abajo adjunto un cuadro con los de más difícil lectura.
3. Abreviaturas. El signo general de abreviación consiste en un punto o en una línea recta o curva colocada encima de la palabra abreviada. Los signos abreviativos son pocos comparados con los de las épocas anteriores, el problema es que van variando dependiendo de las circunstancias y detalles.
Pues, teniendo en cuenta todo esto, empezaremos con lo áspero de la materia: enfrentarse a los documentos de la época y transcribirlos. Este es el primero:
Morfología: cuando hablamos de morfología nos estamos refiriendo al conjunto de símbolos que definen ya no sólo las letras propias de la escritura, sino sus nexos y sus abreviaturas. Como en el fondo este trabajo consiste en reconocer los trazos propios de cada letra, nexo y abreviatura, iremos describiendo cada letra del alfabeto una por una y acompañaremos las descripciones con un cuadro donde se muestren cada una de las particularidades de cada letra, nexo o abreviatura.
1. Letras. Lo primero que hay que distinguir son las mayúsculas de las minúsculas. Las mayúsculas pueden tomar formas capitales romanas y unciales o limitarse a agrandar las formas minúsculas. Estos son algunos ejemplos de mayúsculas:
Letras mayúsculas de la letra procesal |
a. La forma más antigua se presenta trazada en dos golpes de pluma, quedando a veces sin capelo (1-3); más moderno es trazar de un solo golpe de pluma (4), que a veces no cierra por abajo (5-6); ya en el siglo XV existe una a constituida por la unión en su parte superior de dos curvas cóncavas (7-10), tipo este que se empleará frecuentemente como mayúscula. Hay que señalar que la a (9), muy usada en la cortesana, puede confundirse con la e (5).
b. Por lo general, incurva su astil hacia la derecha (1-2); en la procesal es baja y muy ancha (3-6)
c. Se puede trazar con un solo golpe de pluma (1,3,4,7) o con dos (2). Sobre la c con cedilla: por efecto de la cursividad, la cedilla no cuelga de la c, sino de la letra siguiente (5 y 6).
d. La de los siglos XV y XVII es casi siempre de tipo uncial (1); la parte superior forma ojo hacia el interior de la letra y hacia la derecha (2 y 3); en la procesal, la parte inferior no suele cerrar (4 y 5); en la Edad Moderna también se utiliza una d minúscula con forma muy semejante a la mayúscula de hoy (6)
e. Puede trazarse con un solo golpe de pluma (1) o con dos (2); a veces se confunde con c (3 y 4); en el XV y XVI es muy frecuente una e con idéntica forma que a (10), con la diferencia de que la e tiene un pequeño trazo horizontal con el que se une a la siguiente letra (5 y 6); en la procesal predominan los tipos de lazo confundibles con otras letras como la b y la l (7 y 8); un tipo que se utiliza como conjunción copulativa y como letra inicial de palabras es el formado por una espiral que gira a la izquierda (9), su origen puede estar en la conjunción et y un semicírculo de adorno (10); a veces, pueden trazarse en un sólo golpe de pluma (11).
f. Es muy semejante a la actual manuscrita (1); durante el XV tiene tendencia a formar un ojo en la parte superior, adoptando una forma parecida a la p (2 y 3).
g. Adopta distintas formas. La más sencilla consiste en trazar primero el caído y luego el ojo (1), o bien en trazar una u con un caído prolongado e incurvado hacia la izquierda y cerrarla por arriba mediante una recta (2 y 3). En la cortesana se traza también la g con un solo golpe de pluma (4) derivando de esta las formas más cursivas (5, 6 y 8). También se emplea la g procesal de doble ojo (7), que puede confundirse con la f.
h. Su astil suele cerrarse en forma de ojo, mientras el caído se prolonga (1 y 2); en la procesal la curva inferior llega a desaparecer (3-5); con frecuencia presenta dos ojos (6) de forma parecida a g y f.
i. No lleva punto hasta el siglo XVI. La forma normal no difiere de nuestra i (1) y la larga, que cae por debajo del renglón, es el origen de nuestra jota (2-4). En la procesal adopta forma de un 3 cerrándose a modo de ojo en la parte inferior (5)
l. Puede ser sencilla (1) o de ojo (2 y 3). En la procesal es ancha y baja, confundiéndose con b, c y e (4-5)
m y n. Su trazado puede ser agudo (1) o redondo (2).
o. Puede presentar dos formas singulares: la semejante a una v (1) y la de forma de e espiral (2); esta segunda es derivación muy cursiva de la o precedida por un semicírculo (3) que también se escribe de un solo trazo (4).
p. Junto a las formas más sencillas con caído vertical (1) o arqueado (2), en la cortesana se desarrolla la tendencia a dejar abierta la p por la parte superior (3 y 4), apertura que es a veces desmesurada en la procesal (5 y 6); en la cual se desarrolla también una p parecida a una x cerrada por su derecha (7-8)
q. Junto a las formas cuyo caído es vertical (1-2) aparecen las que lo incurvan hacia la izquierda (3-4).
r. La r minúscula con forma de martillo fue la predominante en los siglo XVI-XVII, en cuyo transcurso fue prolongado su caído (1 y 2); con frecuencia adopta forma de cruz (3); la r redonda, que en el siglo XIII se escribía como un 2, evoluciona y se traza como una z (4 y 5). Mención especial merece el uso de la r mayúscula (6-11) que se usó al inicio y en medio de palabras para representar el sonido rr.
s. Son variadas las formas que adopta, derivando todas ellas de la s de doble curva (1) o de la s alta (2).
t. En su forma aislada difiere poco de la actual (1-4); unida a la letra siguiente modifica su forma.
u. Ya sea en forma redonda (1) o angulosa (2) no difiere de la u actual.
v. Está formada por dos líneas curvas que se unen mediante ángulo más o menos pronunciado, en su parte inferior. La línea curva primera suele ser más alta (1, 2, 3, 4)
x. Semejante en todo a la actual; es frecuente que prolongue su extremo inferior izquierdo (1-5)
y. Sin dificultades de lectura, las escasas variantes se originan sólo por la diversa posición del caído (1-4)
z. Al lado de la forma minúscula (1-2) se desarrolla la que prolonga su caído (3-6) adoptando el aspecto de un 3.
2. Nexos. La dificultad de lectura de las letras procesal y cortesana no radica tanto en sus letras aisladas, sino en el momento en que estás letras se unen unas con las otras. No es posible enumerar la inmensa cantidad de nexos distintos, así que abajo adjunto un cuadro con los de más difícil lectura.
3. Abreviaturas. El signo general de abreviación consiste en un punto o en una línea recta o curva colocada encima de la palabra abreviada. Los signos abreviativos son pocos comparados con los de las épocas anteriores, el problema es que van variando dependiendo de las circunstancias y detalles.
Pues, teniendo en cuenta todo esto, empezaremos con lo áspero de la materia: enfrentarse a los documentos de la época y transcribirlos. Este es el primero:
Ejemplo de letra cortesana de fines del siglo XV. Documento escrito por el notario Juan Alfonso |
Transcripción
Yo Iohan Alfonso de Sahagund, escriuano del rrey e la rreyna nuestros sennores e escriuano del conçejo de la noble/ çibdad de Palencia, doy fe que por ante mi commo escriuano fue pregonada en la dicha çibdad por/ los lugares acostumbrados una carta de sus altesas, sellada con su sello e firmada de los/ sennores del su muy alto e exçelente consejo, en que contiene en efecto que llaman a todos los/ cavalleros e escuderos deesta çibdad que biben con sus altesas e llevan acostamientos, e les mandan/ que sean en la villa de Palaçios cerca de Meneses para dos días del mes de julio primero que/ verná deeste presente anno de la fecha deesta fee, adonde fallaran a su contador del sueldo/ que les pagará todos los maravedís que ovieren de aver de todo el tiempo que estouieren en su servicio con la/ venida y vuelta a sus casas, lo qual su altesa les manda que fagan e cumplan con/ las lanças que cada uno tiene de su altesa, asi onbres de armas commo gynetes todos/ en punto de guerra, so las penas en que cahen los que lleuan tierras e acostamientos de sus/ altesas e non vienen a sus llamamientos e mandamientos con las lanças que de sus altesas tyenen/ e mandan que fuese asy pregonado publicamente porque non pretendan ynorançia. La qual carta presento/ Diego de Valuerde criado del sennor Domingo Ferrandez e lo pedio por testimonio; los quales pregones se fesieron/ en la dicha çibdad de Palençia el dia de sennor Sant Juan a veynte e quatro dias del mes de/ junio anno del nasçimiento de nuestro sennor Ihesu Christo de mill e quatrocientos e ochenta e çinco annos./ Testigos que fueron presentes: Fernando de Bertauillo e Juan de Carrión e Juan de Gomiel, vezinos de la dicha çibdad./ E yo el dicho Juan Alfonso escriuano suso dicho, que fuy presente a todo lo suso dicho e/ por ende fise aqui este mio sygno a tal (signo) en testimonio de verdad.
Juan Alfonso (rubricado)
Yo Iohan Alfonso de Sahagund, escriuano del rrey e la rreyna nuestros sennores e escriuano del conçejo de la noble/ çibdad de Palencia, doy fe que por ante mi commo escriuano fue pregonada en la dicha çibdad por/ los lugares acostumbrados una carta de sus altesas, sellada con su sello e firmada de los/ sennores del su muy alto e exçelente consejo, en que contiene en efecto que llaman a todos los/ cavalleros e escuderos deesta çibdad que biben con sus altesas e llevan acostamientos, e les mandan/ que sean en la villa de Palaçios cerca de Meneses para dos días del mes de julio primero que/ verná deeste presente anno de la fecha deesta fee, adonde fallaran a su contador del sueldo/ que les pagará todos los maravedís que ovieren de aver de todo el tiempo que estouieren en su servicio con la/ venida y vuelta a sus casas, lo qual su altesa les manda que fagan e cumplan con/ las lanças que cada uno tiene de su altesa, asi onbres de armas commo gynetes todos/ en punto de guerra, so las penas en que cahen los que lleuan tierras e acostamientos de sus/ altesas e non vienen a sus llamamientos e mandamientos con las lanças que de sus altesas tyenen/ e mandan que fuese asy pregonado publicamente porque non pretendan ynorançia. La qual carta presento/ Diego de Valuerde criado del sennor Domingo Ferrandez e lo pedio por testimonio; los quales pregones se fesieron/ en la dicha çibdad de Palençia el dia de sennor Sant Juan a veynte e quatro dias del mes de/ junio anno del nasçimiento de nuestro sennor Ihesu Christo de mill e quatrocientos e ochenta e çinco annos./ Testigos que fueron presentes: Fernando de Bertauillo e Juan de Carrión e Juan de Gomiel, vezinos de la dicha çibdad./ E yo el dicho Juan Alfonso escriuano suso dicho, que fuy presente a todo lo suso dicho e/ por ende fise aqui este mio sygno a tal (signo) en testimonio de verdad.
Juan Alfonso (rubricado)
Bueno, ha sido duro, pero he terminado con la primera de muchas... La siguiente.
Transcripción
Yo el bachiller Lope de la Higuera, alcalde en esta çibdad de trogillo por el honrrado cauallero Sancho del A/guila, corregidor en la dicha çibdad por el rrey e rreyna nuestros sennores, fago saber a vos los alcaldes de/ Logrosán e Cannamero e Verzocana e de todos los otros logares de la tierra e término de la dicha çibdad e a vos/ los arrendadores e fieles e cogedores que soys e aveys seydo de las alcaualas de la dicha çibdad e de los lo/gares della, que ante mi paresçio fray Juan de Salamanca, procurador del prior e frayles e convento del monasterio de Nuestra/ Sennora Santa Maria de Guadalupe e me mostró e presentó una carta de los dichos sennores rreyes sellada con/ su sello e librada de los sus contadores mayores, por la cual en efecto paresçe que por parte del dicho monasterio/ les fue querellado que por vos los dichos arrendadores les ha seydo demandada alcauala de las cosas/ que se venden e conpran en el término de la puebla del dicho monasterio para proueymiento e mantenimiento del dicho monasterio/ e de su pueblo, ellos diz que teniendo preuilegios esençiones para que las dichas alcaualas non se demande nin/ paguen de lo que se vendiere nin comprare en la dicha puebla, los cuales dis que les han seydo guardados fasta aqui/ non solamente en lo que se vende e conpra dentro en la dicha puebla mas fuera della, en todo su termino,/ sobre lo qual sus altezas mandan que les sean guardados los dichos preuilegios seguno, e por la for/ma que fasta aqui les han seydo guardados, la qual dicha carta por mi fue obedeçida con aquella rreverençia/ que devia. E por quanto el dicho procurador del dicho monasterio me fizo rrelacçion que vos los dichos arrendadores/ agora nuevamente avedes demandado e demandades alcauala de lo que se han vendido dentro, en el termino de la/ dicha puebla para mantenimiento e proueymiento del dicho monasterio e que vos los dichos alcaldes o algunos de vos/ avedes dado algunas sentençias en que avedes condenado a algunos de los tales vendedores, lo qual diz que es/ contra el dicho de su preuilegio y esençion que fasta aqui les ha seydo guardada. Por ende yo os mando a vos los dichos arrendadores o a qualquier de vos a quien lo sobredicho atanne que non fati/guedes nin demandedes las dichas alcaualas a los dichos vendedores nin conpradores que han ven/dido e conprado e vendieren e conpraren ganados a otras mencaderias qualesquier en el dicho termino de la/ dicha puebla e a vos los dichos alcaldes que non conoscades de las tales demandas e sy algunas/ sentençias o mandamientos açerca dello avedes dado non las esecutedes nin fagades executar nin prendedes/ nin prendades a los dichos vendedores e conpradores fasta tanto que yo vea e libre e determine lo que çer/ca dello se deua faser e oyga a vos los dichos arrendadores con la parte del dicho monasterio e en todo/ se faga e cumpla lo que los dichos rrey e rreyna nuestros sennores enbian mandar e lo que se falla/re por derecho. E los unos nin los otros non fagades al so pena de çinco mill maravedis para rreparaçion/ de los muros desta çibdad e de seysçientos maravedis para la justiçia. Fecho en la dicha çibdad,/ tres dias de março, anno del nasçimiento de nuestro sennor Ihesu Christo de mill y quatrocientos y ochenta annos./
Alonso Rodriguez escriuanp (rubricado)
Vos mando que luego que este mandamiento os fuere notificado/ remitades ante mi qualquier demanda o pleito que en la/ rason ante vos por mi comisión este, quier lo ayays/ determinado o sentençiado quier non, porque yo oydas/ las partes a quien atanne haga lo que sea derecho.
Bachiller Lope (rubricado)
Como veis, leer este tipo de letra es complicado. Y la cosa no mejora con los ejemplos que vienen a continuación:
Transcripción
LA RREYNA
LA RREYNA
Gómez Manrrique, del mi consejo e mi corregidor en la muy noble e leal çibdad de Toledo. Vi vuestra letra que me enbiastes en/ rrespuesta de otra que vos oue escripto por la qual vos di licençia para que viniesedes acá porque con vuestra vista donna/ Juana de Mendoça vuestra muger avria mucha consolaçion, y tengos en mucho serviçio el detenymiento que alla fesistes/ a cabsa de las fiestas,lo qual vos mirastes commo yo de vos confio, commo syenpre mirastes las otras cosas/ tocantes a mi serviçio. Y çerca de lo que me enbiastes suplicar que non vos rreuocase la liçençia fasta después/ de las fiestas, bien me plçe de lo façer por la consolacion vuestra y de donna Juana vuestra muger y esta liçençia/ vos do por dose dias para la venyda e para la buelta e por otros quinse dias de estada aca. Fasedme/ tanto seruiçio e plaser que luego vengays e dexeys alla el mejor rrecabdo que pudieredes, sobre lo qual/ yo escriuo a esa çibdad para que estén a la orden que vos les dixeredes de mi parte. De la noble villa de Valladolid a XIX dias de enero de LXXXI annos.
Gomez Manrrique, en todo caso/ uenyd luego que donna Juana/ a estado muy mal y estaua me/jor y a tornado a rrecaer ua de que/ le dyxeron que no uenyades. De mi mano. Yo la rreyna (rubricado)
Por la rreyna: Alfonso de Auyla (rubricado)
A Gomez Manrrique, del su consejo e su corregidor en la muy noble çibdad de Toledo
Ejemplo de letra cortesana muy rápida y cursiva, muy próxima a la procesal, en la que se deslizan omisiones de letras. |
Transcripción
Don Fernando e donna Ysabel etcetera. A vos el pre/sidente e oydores de la nuestra abdiençia e/ chancilleria, que estays e resedis en la noble/ villa de Valladolid, salud e gracia. Sepades quel/ dotor Antonio Garcia de Villalpando nos fiso/ rrelaçion por su petiçion que ante nos en el/ nuestro consejo presento, disyendo quel ovo tra/pado e trato çierto pleyto ante nos en el nuestro/ consejo, syendo prouisor en la yglesia e obispado de/ Osma por el ca(r)denal de San Jorge, obispo que fue/ de la dicha yglesia, con el prior e capiscol della/ e con otros sus consortes sobre çiertas fuerças/ e malifiçios que contra el dicho ca(r)denal de/ San Jorge e contra el commo su prouisor cometieron/ segund mas largamente diz que se contiene en el/ proçeso que sobre lo susodicho diz que paso, en/ (sic) el qual dis que fueron dadas dos sentençias en vista/ y en grado de revista, e dis que fueron condenados en costas de los dichos prior e capiscol e sus consortes; las quales dis que fueron asadas por los/ del dicho nuestro consejo e que de la dicha tasaçion/ por amas las dichas partes fue suplicado por/ su parte, por las aver tasado en pequenna cantidad/ porque dis que notoriamente gasto tres vezes
Al margen: El doctor de Villalpando
Transcripción
(cruz)
Muy magnifico sennor
Bien creo que no avra paresçido bien a vuestra sennoria la cabeçada que el sennor conde don Rodrigo vuestro so/brino ha dado, la qual han bien sentido aca y paresçeme que carga mucho el rremedio y castigo/ dello sobre vuestra sennoria pues avreis de poner alla la persona y si vuestra sennoria non se fallare/ ansi dispuesto para ello paresçeme que se da el cargo al sennor don Enrrique en vuestra ausençia/ y por lo que deuo a vuestra sennoria le fago saber que ha tomado su altesa de amos y dos este fecho por/ muy graue y la Reyna, nuestra sennora, se quisiera luego partir para alla, saluo porque parte el jueues/ el rrey, nuestro sennor y era dar con todo en el suelo lo de aca sy su altesa lo dexara mas se/guro a Vuestra sennoria que sy en Toledo le tomara esta nueva, que socorriera antes a lo de alla que a lo de/ aca y pues la prouision y paresçer de aca vera Vuestra Sennoria por esas cartas e çedulas y ynstrucçion/ a ello me rremito; e sy mas es menester entretanto que va Alfonso de Quintanilla, que partira de aqui a dos/ o tres dias, escriualo Vuestra sennoria, cuya vida e estado Dios prospere. De Cordoua, a XI de abril
Creo sennor, que cosa de aca no pudiera estoruar a la rreyna que no pasara alla, salvo porque se cree que esta prennada y de poco tienpo.
Acabando sennorde escriuir esta y partido el trotero con las cartas, llego la nueua de la toma del castillo y de la prision del alcayde. Lo que se acordare, saberlo ha vuestra senoria.
Besa las manos a vuesra sennoria. Doctor de Alcoçer
Ejemplo de escritura procesal en la que se observan dos trazados distintos. Las primeras líneas ofrecen una escritura ordenada; a partir de la línea 10 el escriba se cansa y comienza a escribir mal |
Transcripción
(cruz)
En el pleito que es entre Pero Gonzalez de Villarroel y/ Diego de Villarroel, hermanos vecinos de la villa/ de Villafranca de la puente del arçobispo e Juan Ochoa/ de Urquicu su procurador y en su nombre de la una parte/ y el licenciado Ybarguen fiscal de sus majestades y el conçejo, alcaldes/ rregidores e omes buenos de la dicha villa de villa/franca de la puente y francisco de gamarra su procurador en/ su nombre de la otra
Fallamos que los alcaldes de los Hijosdalgo e notario de Toledo que deste pleito conozieron que en la/ sentencia definitiva que en el dieron y pronunçiaron de que por parte de el dicho conçejo e omes buenos de la/ dicha villa de Villafranca de la puente del arçobispo fue apelado juzgaron y pronun/ciaron bien e la parte del dicho conçejo apelo mal por ende que de debemos con/firmar y confirmamos al (sic) juyçio y sentencia de los dichos alcaldes y notario para que vean la dicha su/ sentencia y la lleven e hagan llevar a devida execuçion con efecto y no/ hazemos condenaçion de costas, y por esta nuestra sentencia definitiva ansy lo pro/nunçiamos y mandamos/ El licenciado Juan Çapata. El licenciado Aldrete. El licenciado Santillana
Dada y pronunciada fue esta dicha sentencia por los señores presidente/ e oidores que la firmaron de sus nombres de la audiencia real de sus majestades en la/ villa de Valladolid en audiencia publica a vente días del mes de noviembre de/ mil y quinientos y çinquenta y un años, estando presentes Juan Ochoa de Urquiçu/ y Francisco de Gamarra procuradores de las partes a los quales yo el escriuano les notifique/ la dicha sentencia en sus personas. Testigos Juan de Antezana e Miguel de Rueda e Gonzalo de Oviedo, procuradores de esta real Audiencia. Sancho de Ortega
En el pleito que es entre Pero Gonzalez de Villarroel y/ Diego de Villarroel, hermanos vecinos de la villa/ de Villafranca de la puente del arçobispo e Juan Ochoa/ de Urquicu su procurador y en su nombre de la una parte/ y el licenciado Ybarguen fiscal de sus majestades y el conçejo, alcaldes/ rregidores e omes buenos de la dicha villa de villa/franca de la puente y francisco de gamarra su procurador en/ su nombre de la otra
Fallamos que los alcaldes de los Hijosdalgo e notario de Toledo que deste pleito conozieron que en la/ sentencia definitiva que en el dieron y pronunçiaron de que por parte de el dicho conçejo e omes buenos de la/ dicha villa de Villafranca de la puente del arçobispo fue apelado juzgaron y pronun/ciaron bien e la parte del dicho conçejo apelo mal por ende que de debemos con/firmar y confirmamos al (sic) juyçio y sentencia de los dichos alcaldes y notario para que vean la dicha su/ sentencia y la lleven e hagan llevar a devida execuçion con efecto y no/ hazemos condenaçion de costas, y por esta nuestra sentencia definitiva ansy lo pro/nunçiamos y mandamos/ El licenciado Juan Çapata. El licenciado Aldrete. El licenciado Santillana
Dada y pronunciada fue esta dicha sentencia por los señores presidente/ e oidores que la firmaron de sus nombres de la audiencia real de sus majestades en la/ villa de Valladolid en audiencia publica a vente días del mes de noviembre de/ mil y quinientos y çinquenta y un años, estando presentes Juan Ochoa de Urquiçu/ y Francisco de Gamarra procuradores de las partes a los quales yo el escriuano les notifique/ la dicha sentencia en sus personas. Testigos Juan de Antezana e Miguel de Rueda e Gonzalo de Oviedo, procuradores de esta real Audiencia. Sancho de Ortega
Escritura tipicamente procesal, sin llegar a encadenada, de la segunda mitad del siglo XVI. Las letras tienen un módulo grande, pero no excesivo |
Transcripción
En la villa de Vallado/lid, a veinte e siete dias/ del mes de julio de/ mill e quinyentos/ e setenta e nueue/ annos, ante mi Gero/nimo de Rrueda escriuano de su ma/gestad e vno de los/ rresceptores del/ numero de la rreal/ Audiencia e Chancille/ria que esta e rre/side en la villa de/ Valladolid e ante/ los testigos de yuso/ escriptos, paresçios/presente Alonso/ Serrano en nonbre/ del licençiado Juan/ Garçia, fiscal de su/ Magestad, e presen/to ante mi el dicho/ Geronimo de Rrueda/ escriuano e rreçetor/ susodicho esta pro/vision sellada con/ su rreal sello e rre/frendada de Cris/tobal de Auleztia
Transcripción
Al margen: sentencia
En el pleito/ que es entre/ el liçenciado/ don Je/roni/mo de Ota/lora/ Fiscal del/ rrei nues/tro senor/ en esta su/ Corte Chan/çilleria y el/ concexo de ve/cinos de la/ villa de Ba/lencia de/ don Joan/ e Joan de/ Cabaneros/ e Bartolo/me Bermejo/ acusadores
Transcripción
Día de San Nicolas
A maitines sea de decir en acabando/ el nono responso su prosa solemne/mente y luego en amaneÇer/ a de tener cargo el escribano de los/ clericones de poner detrás del coro/ frontero de la puerta del perdón asen/tamiento para el cabildo y para el obispo/ y sus clericones y a de aparejar/ el pulpito
Acabada prima en el coro a de yr/ el cabildo al sobredicho lugar/ y decir la preciosa y acabado/ a se de hazer el sermón y acaba/do an de decir sus coplas los cle/ricones y acabadas viene/ el correo y reparte la moneda/ empeçando del coro del arçobispo y desde a poco viene con las bulas/ del obispado
y luego los cantores cantan Veni/ creator y acabado el primer verso/ abren la nuve y echan cohetes/ y desçienden los angeles y traen el/ bonete y un rotulo en que viene escrito el nombre del obispo el/ qual pronuncia el predicador/ desde el pulpito en alta bos/ hecho esto visten al obispo su rognete y sobrepelliz y capa/ y vestido empieça el socapistol/ Te Deum laudamus y va todo el/ cabildo en procesyon al coro/ por la nave menor los ca/pellanes delante y luego los/ racioneros y mas atrás los cannonigos y divinidades y/ en la cabeçada de la procesyon/ el obispo con sus cavalleros
Fragmento de un ceremonial que utiliza escritura gótica cursiva |
Día de San Nicolas
A maitines sea de decir en acabando/ el nono responso su prosa solemne/mente y luego en amaneÇer/ a de tener cargo el escribano de los/ clericones de poner detrás del coro/ frontero de la puerta del perdón asen/tamiento para el cabildo y para el obispo/ y sus clericones y a de aparejar/ el pulpito
Acabada prima en el coro a de yr/ el cabildo al sobredicho lugar/ y decir la preciosa y acabado/ a se de hazer el sermón y acaba/do an de decir sus coplas los cle/ricones y acabadas viene/ el correo y reparte la moneda/ empeçando del coro del arçobispo y desde a poco viene con las bulas/ del obispado
y luego los cantores cantan Veni/ creator y acabado el primer verso/ abren la nuve y echan cohetes/ y desçienden los angeles y traen el/ bonete y un rotulo en que viene escrito el nombre del obispo el/ qual pronuncia el predicador/ desde el pulpito en alta bos/ hecho esto visten al obispo su rognete y sobrepelliz y capa/ y vestido empieça el socapistol/ Te Deum laudamus y va todo el/ cabildo en procesyon al coro/ por la nave menor los ca/pellanes delante y luego los/ racioneros y mas atrás los cannonigos y divinidades y/ en la cabeçada de la procesyon/ el obispo con sus cavalleros
La escritura gótica cursiva en Aragón y Navarra
A diferencia de lo que ocurre con la cortesana y la procesal, la escritura gótica aragonesa y navarra la cursiva gótica se mantendrá, salvo excepciones, en un grado muy discreto de cursividad. Se acabaron las modalidades gráficas tortuosas y difíciles. Según cuenta Marín Martínez en su libro, las escrituras que se desarrollaron en Aragón y Navarra tienen una serie de características propias que las distinguen del resto de la Península. En Aragón se desarrollará la denominada escritura aragonesa y en Navarra, como consecuencia de la presencia en el trono navarro de monarcas de origen francés, encontraremos escrituras típicamente francesas como la batârde.
- La cursiva gótica aragonesa: tuvo una etapa de iniciación (siglo XIII), de apogeo (siglos XIV y XV)y de decadencia (siglos XV y XVI).
Morfología de las letras aislada
Como siempre, pondré una lista describiendo cada letra y después añadiré una tabla con sus formas gráficas.
a. Entre sus formas típicas se encuentran las que quedan abiertas por su base (1-3). Algunas han perdido su parte alta o capelo, trazadas en un sólo golpe de pluma (4)
b. Aunque se den algunas formas de asta sencilla (1) o ligeramente curvada (2), lo normal es que el trazo de las astas forme un ojo grande (3-4)
c. Trazada ordinariamente a base de dos golpes de pluma: el primero, vertical descendente, orientado un poco hacia la derecha; el segundo, horizontal, ligeramente curvado (1-3). Cabe la posibilidad de confundirla con la t.
d. Predomina la de ojo cerrado hacia arriba y hacia la izquierda (2); a veces, se une a la siguiente letra mediante su asta o trazo superi que gira hacia abajo y hacia la derecha (3)
e. No tiene formas especiales.
f. Junto a formas simples (1), aparecen las de dobles trazos verticales (3-4)
g. Junto a las formas normales y sencillas, aparecen otras que se caracterizan por el excesivo desarrollo de su trazo inferior (1-2), llegando a adoptar formas parecidas a las del número 8, con un apéndice a la izquierda (3-4) o a una clave de sol (5)
h. Hay formas sencillas cuya asta sube verticalmente o se arquea con suavidad hacia la derecha, al tiempo que su trazo bajo se curva claramente hacia el interior (1 y 2). Pero su forma típica se caracteriza por el ojo abierto o cerrado de su trazo superior (3 y 4)
i. Formas normal (1), o inclinada y con punto (2) o de jota (3 y 4)
k. Se parece a un l sida en nexo por una x (1 y 2)
l, m, n, o. No ofrecen modalidades especiales
p. Se presenta trazada o en dos golpes de pluma con amplia y graciosa curva de su caído hacia izquierda (1-3), o en un sólo golpe (4)
q. Forma normal (1) o con su caído inclinándose hacia la izquierda y arriba.
r. Su forma resulta singular, asemejándose a una x que careciera de su trazo inferior izquierdo (1-4). La r redonda (5) sigue en uso.
s. Tres tipos principales: uno de forma alta (1), uno de doble asta (2); y otro en forma de espiral (3).
t. Nada en especial. Puede confundirse con la c.
u. Sin modalidades especiales.
v. Se traza en dos golpes de pluma.
x, y, z. Nada singular en sus formas.
- La cursiva gótica navarra: como ya se ha dicho antes, la escritura cursiva gótica en Navarra estuvo influenciada por su cercanía geográfica con Francia, provocando una serie de características que la alejaban de la escritura de Castilla. Las principales características de esta escritura se pueden resumir así:
a) Hasta finales del siglo XIV se caracteriza por lo vertical de su posición y lo angulosos de su trazado, a lo cual se unen la falta casi total de abreviaturas, la correcta separación de palabras y la forma de los caídos de algunas letras que coinciden con la aragonesa en una especie de pequeño adorno o con la bastarda al final a modo de pico.
b) Los últimos años del siglo XIV marcan la aparición de la bastarda francesa en la real cancillería. El tipo de bastarda es tan perfecto que a primera vista resulta difícil distinguir si es de origen navarro o francés.
c) En la segunda mitad del siglo XV, y como consecuencia del matrimonio entre Juan II de Aragón y la reina doña Blanca, la influencia gráfica aragonesa se hará evidente.
Transcripción
Nos Jacobus dei gratia rrex aragonum valencie sardinie e corsice ac comes barchinone cum presenti carta nostra concedimus de gratia speciali vobis venerabili e rreligioso viro/ Arnaldo de solerio magistro milicie monasterii de muntesia quod non obstante foro valencie per quem prohibetur ne aliquid vendatur de realenco militibus et sanctis ac/ ecclesiasticis personis possitis emeris vobisque vendi valeant duo hospicia alterum in villa muriueteris e alterum in villa xatiue usque ad quantitatem sex millia solidos rregales/ pro vtroque. Que quidem duo hospicia cum ea emeritis habeatis in perpetuum francha et libera ab omni exactione et servitute rregali. mandantes iusticiis predictorum locorum/ muriveteris e xatiue ac cuicumque seu quibuscumque notariis regni valencie quod dicti justicie predictas venditiones fieri permittat et predicti notarii instrumenta emptionis/ predicte conficiat foro iam dicto minime obsistente. In cuius rei testimonium presentem cartam nostram vobis inde fieri iussimus nostro sigillo appendicio comunitam/ datum ilerde kalendas iunii anno domini millesimo trecentisimo vicésimo. vidi B
En la plica: registrata
Copia de una carta de Alfonso V a Abu Abd Allah, primogénito del rey de Túnez, interesándose por la redención de unos cautivos. La letra es una aragonesa rápida y cursiva. Está copiada por dos manos. |
Transcripción
Al magnifich abu abdalle, primogenit de nos n'alfonso per la gracia de deu rrey/ d'Arago de Sicilia etcétera. Per l'amat capella nostre n'Andria de Mellorino som stats/ certificats de la gran afeccio e voler que hauets en seruir e complaure a nos e coses nostres/ e de la solicitut e diligencia que hauets donada ab lo molt alt principet e car amich/ nostre lo rrey de Tuniç en cobrar los quatre christians quens son estats per aquell trameses ensemps ab la letra sua, ab la qual plenerament som informats/ de la gran afeccio e voler que aquell ha en hauer nostra amistat de que molt vos/ regracia pregant vos, que axi com be hauets acostumat tractar nostres/ vassalls, vullats continuar e hajats per recomanat lo feel de la nostra/ tressoreria en Johan de Montalba, lo qual trametem en aquexes parts per demanar/ de part nostra al sobre dich car amich nostre lorrey de Tuniç certs christians/ que aquell, segons se diu, te per sclaus, e per comunicar e praticar ab aquell de totes/ aquelles coses que a aquell de nos plasents li sien. Certificans vos que de tots/ plahers, honors e fauors que a aquell façats, nos farets plaher e seruir molt/ singular. Dada en lo Castell de l'Ou de Napols sots nostre segell secret/ a huyt diez de Desembre del any de la natiuitat de nostre Senyor/ mil CCCCXXI. Rex Alffonsus/ dominus rrex mandauit mihi/ Ffrancisco d'Arinyo/ dirigitur al primogenit del rrey de Tuniç/ Probatum/ sub eisdem signo et mandato ac data castri Oui, VIII/ die Decembris, fuerunt expedite due alie littere, consimilis/ tenoris incipientes: per l'amat capella nostre, e[t] diriguntur/ infrascriptis/ Al noble Mulexech, visrrey del regne de Tuniç/ A ffrare Entelm Turmeda, en eltra manera appellat Alcayt Abdalla
En el margen izquierdo: Non fuit/ expedita/ ista sub hac/ forma
Transcripción
informedes si el dito Pero Sanchiz que sabredes nos inbiedes decir por escripto so vuestro/ sieillo a fin que nos vista aqueilla podamos ordenar lo que pertenezira de rrazon. Et/ en esto comedio vedamos a qualquiere portero de la execution de los ditos bienes fara que/ sobresea de fazer la execution sobre pena ata tanto que la vista vuestra rrelacion sea/ proveydo segund pertenezca e por las presentes mandamos a todos nuestros oficiales/ e súbditos que en fazer todas las cosas sobreditas vos obedezcan e fagan por vos porque podades complecer este nuestro mandamiento. Datum en Pomplona IX dia/ de deziembre anno LX quinto por el consseillo vos present e don Martin Miguel de Sanger
Ferrando de Miranda
El rrey
Rrecebidos d'Esteilla nos avemos rrecebido una suplication presentada por partes del conceillo/ de los fundadores de Açagra la quoal vos inbiamos dentro las pesentes si los mandamos/ que aqueilla vista vos informedes de lur facultat e poder de los ditos lauradores et si son poderosos/ de pagar bonamient las rrestanças et quanto deven del pidido et quanto de la pecha et d'aqueillo nos fagades rrelation por vuestra carta porque aqueilla vista podamos rresponder a los suplicantes/ lo que sia de rrazon. Et en esti comedio non los constrengades ni fagades constreyner por/ rrazon de las ditas rrestanças ni consintades que sean constreynidos por las ditas asigna/ciones de los ditos cauayllos ata que vista vuestra rrelation ayamos proveydo lo que sia de rrazon/ Datum en Olit, XI dia de deziembre ano LX quinto
Karlos etc. A fray Iohan de sant iullian procurador de la orden de sant Iohan, salut por partes de gracia/ fija de Miguel Periz de Necuesa, peillitera, vezino de Olit que fue, nos es dado a entender que el dito/ su padre con Maria Garcia de Veraz su madre, los quoales, durando el matrimonio conqui/staron bienes muebles heredades e muerta la dita su madre sen dar eilla part ni suert/ de los bienes. (tachado) Dita su madre caso con Elvira su segunda mujer, con la quoal/ ha adquerido e multiplicado muhos bienes muebles e heredamientos de los quoales ditos/ biennes de los ditos sus madre e padre no ha podido aver drecho alguno ante segund dize/ esta alçada con eillos la dita Eluyra de que nos ha suplicado que de rremedio le quisiessemos/ proueer en manera que no fues deseredada de lo suyo. Nos queriendo que cada uno aya e rrecobre/ lo que pertenesçe brevemente e que luengament non ayam a pleitear, fiando de la vuestra leal/dat e discretion vos mandamos e por tenor de las presentes cometemos que clamadas por/ ante vos la dita Gracia suplicant e la dita Eluira su madrastra las ayades en todo
Transcripción
Karlos por la gracia de dios rrey de Navarra, duc de Nemox. A nuestro amado e fiel tresorero Garcia Loppiz de/ Rroncasvailles, salut. Nos queremos et vos mandamos expresamente que de quoalesquiere rreceptes que vos/ faredes por nos vos dedes e deliuredes sin dilation alguna a Iohan Vieio, ayuda de nuestra cozina, o a sus procuradores/ por eill portadores de las presentes que nos li auemos dado et dimos por las presentes de gracia especial por quitar vna/ vynna que eill tiene empeynnada en Olit la suma de quinze florines d'Aragon. Et a nuestros amados e fieles/ las gentes oidores de nuestros comptos mandamos que la dita suma de quinze florines por nos dada al dito Iohan/ Vieio por la causa sobredita vos rreciban en compto e rrebbatan de vuestras rrecepctas por testimonio de las presentes et quittanca/ que del dito Johan Vieio o de sus procuradores por eill será rrecebida sin contradito alguno car assi lo queremos et/ nos plaze, non obstant ordenances, defensas o inibicionnes por nos fechas al contrario por letras o de boca. Datum/ en Paris, so el sieillo de que nos solíamos vsar ante que estos trattos postremeros ouissemes on el rrey de Francia/ el VII dia de iulio l'aynno del nascimento del nuestro señor mil CCCCmet quoatro.
Charles (rubricado). Por el rrey: Ceilludo (Rubricado). De Baquedano
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Fueros de Aragón (Fori Aragonum). Siglo XV
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Qué maravilla de artículo, no sabía que este tema tenía tantos recovecos. Gracias!
ResponderEliminarMe parece una maravilla lo que nos has mostrado. Haces trabajos como transctiptor? Porque estoy buscando a alguien que pueda hacer esto mismo en un texto del siglo XV
ResponderEliminarMuchas gracias. Lamentablemente, no soy paleógrafo, así que no te puedo ayudar... Un saludo.
EliminarMuy explícito y detallado,me encantó muchas gracias por compartir.
ResponderEliminarEstimado señor, resulta muy interesante el artículo... Sobre todo a después de, cito textualmente, "Bueno, ha sido duro, pero he terminado con la primera de muchas... La siguiente". Muy interesante como ha transcrito todas las láminas tanto en castellano como en latín, obteniendo como resultado la TRANSCRIPCIÓN LITERALMENTE EXACTA del libro de Paleografía y Diplomática de la UNED para los estudiantes de Historia.
ResponderEliminarAlgún experto que pueda traducir un texto de unas 4 palabras?
ResponderEliminarCopiado palabra por palabra del manual de la UNED, citar no está de más...
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